Poder Judicial de Chaco

 

Guía de Trámites

 


 

Diligenciamientos al Poder Judicial de Chaco

 

Para diligenciar una comunicación electrónica interjurisdiccional con una dependencia del Poder Judicial de la Provincia del Chaco a través del sistema Bus Federal de Justicia, se debe enviar el documento conforme al Protocolo Técnico de JuFeJus vigente, normativas aplicables y requisitos que se exponen en la presente guía de trámites aprobada por Resolución del Superior Tribunal de Justicia Nº 1076/24 y modificada conforme punto 2º del Acuerdo N° 3806/25.

 

1) OFICINAS DESTINATARIAS  DE COMUNICACIONES INTERJURISDICCIONALES  REMITIDAS POR EL BUS FEDERAL :

 

A partir del 3 de noviembre de 2025 para tramitar comunicaciones interjurisdiccionales dirigidas hacia el Poder Judicial de la Provincia del Chaco desde organismos de otras provincias adheridos al Bus Federal, deberá seleccionar la dependencia según la naturaleza del instrumento:

 

Estos organismos se encargarán de derivar las comunicaciones a las dependencias correspondientes. 

 

2) REQUISITOS PARA ENVIAR COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS AL PODER JUDICIAL DEL CHACO:

 

La Oficina de Comunicaciones del Bus Federal y la Oficina de Mandamientos y Notificaciones se limitarán a realizar la derivación al organismo pertinente. Los controles de índole formal y sustancial del trámite requerido se encuentran bajo la órbita de la dependencia que resulte destinataria de la comunicación, que deberá verificar el cumplimiento de todos los recaudos para el diligenciamiento. 

La comunicación electrónica deberá cumplir los siguientes requisitos:
a- El documento (oficio, cédula o mandamiento) debe enviarse en FORMATO PDF
b- Debe tener FIRMA DIGITAL del remitente
c- Documentos adjuntos/copias para traslado: No se recibirán copias para traslado o documentos adjuntos. Los mismos deberán estar alojados en un entorno digital accesible para el destinatario a través del medio más idóneo (código de barras, QR, link de acceso, etc.) siendo exclusiva responsabilidad de los/las profesionales intervinientes por la parte interesada su efectiva disponibilidad y adecuación con la documentación correspondiente. 
d- Sin prejuicio de los requisitos establecidos por las leyes vigentes, debe contener claramente expresados los siguientes DATOS: 
1) designación completa del organismo emisor incluyendo dirección de correo electrónico, domicilio y número de teléfono;
2)  dependencia destinataria de la comunicación;
3) identificación de número de causa y carátula en la que se dirige, si la hubiera;
4) nombre de las partes, objeto o naturaleza del juicio y valor pecuniario -si existiera-
5) transcripción de las resoluciones que deban notificarse o cumplirse y su objeto claramente expresado si no resultare de la resolución transcripta;
6) plazos de cumplimiento/vencimiento si los hubiere. En caso de revestir carácter urgente deberá indicarse expresamente tal circunstancia consignando la leyenda “URGENTE” en el encabezado de la comunicación;
7) identificación y datos de contacto de las personas autorizadas a intervenir en el trámite, cuando correspondiera.
e- Debe acreditarse el cumplimiento del PAGO DE TASA DE JUSTICIA conforme pautas que se detallan en el punto siguiente, el cual se realizará vía transferencia y/o depósito en la cuenta corriente Nº 1075507, C.B.U 3110030201000010755072, del Nuevo Banco del Chaco S.A., de titularidad del Superior Tribunal de Justicia del Chaco, debiendo remitirse adjunto el comprobante escaneado. 

En caso de verificarse el incumplimiento de alguno de los requisitos, la dependencia destinataria deberá informarlo a la Oficina de Comunicaciones del Bus Federal o a la Oficina de Mandamientos y Notificaciones -según corresponda-, que procederá a su devolución al organismo emisor sin más trámite.

 

3) PAUTAS PARA EL PAGO DEL APORTE DE TASA DE JUSTICIA:


El Artículo 6 inciso l de la Ley de Tasa de Justicia de la Provincia del Chaco  840-F establece: “Los exhortos, oficios, o cédulas provenientes de otras jurisdicciones ordenando secuestros, remates judiciales y administrativos, embargos, notificaciones, anotaciones de litis e inhibiciones, informes socioambientales, testimoniales y absolución de posiciones, reconocimiento de documentación, periciales y toda otra diligencia de cualquier naturaleza a practicar a través de Tribunales de la Provincia del Chaco, excepto los que tuvieren origen en los fueros de familia, laboral y penal, y en este último caso siempre que no fueren acciones civiles, se aplicará según corresponda el veinte por ciento (20%) del valor de la tasa según el artículo 2°, o el cincuenta por ciento (50%) del valor de la tasa del artículo 7°. Si se tratara de remates administrativos se abonará el total de la tasa. En el caso de cédulas Ley Nacional 22172 -solicitadas por no Exentos- que deban ser diligenciadas en el territorio de la Provincia, corresponde abonar setecientos cincuenta (750) U.T.” 

-Oficios y Mandamientos Ley 22.172 en procesos susceptibles de apreciación pecuniaria: monto del proceso x 3 % = “A” x 20%: monto de tasa
-Oficios Ley 22.172 en procesos NO susceptibles de apreciación  pecuniaria: 50% de 750 UT
-Mandamientos Ley 22.172 en procesos NO susceptibles de apreciación  pecuniaria: 750 UT
-Cédulas Ley 22.172: 750 UT

 

CONSULTE VALOR UT VIGENTE y LEY de TASA DE JUSTICIA en el siguiente LINK: https://www.justiciachaco.gov.ar/index.php?action=dpto_tasas

Para el supuesto de que por imposibilidades técnicas o por otros motivos las comunicaciones no se puedan llevar a cabo conforme la modalidad prevista en la presente Guía de Trámites, las mismas serán diligenciadas por las otras vías legales vigentes.

 

4) ENVÍO DE RESPUESTA DE LA DEPENDENCIA DESTINATARIA

 

Una vez cumplido el objeto de la comunicación electrónica, la dependencia destinataria remitirá el resultado de la diligencia para proceder a su carga en el sistema del Bus Federal debiendo cumplir los siguientes requisitos:

-Los oficios deben dirigirse a la Oficina de Comunicaciones del Bus Federal al correo oficial: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.
-Las cédulas deben dirigirse a la Oficina de Mandamientos y Notificaciones al correo oficial  This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.
- Los mandamientos deben dirigirse a la Oficina de Mandamientos y Notificaciones al correo oficial This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

1)  la respuesta debe encontrarse compilada en un solo documento en formato PDF. 
2) designación completa del organismo incluyendo dirección de correo electrónico, domicilio y número de teléfono;
3)  designación de la dependencia a la que debe dirigirse la respuesta;
4) identificación de número de causa y carátula en la que se dirige si la hubiera;
5) plazos de cumplimiento/vencimiento si los hubiere. En caso de revestir carácter urgente la respuesta deberá indicarse expresamente tal circunstancia consignando la leyenda “URGENTE” en el encabezado de la comunicación;

 

5) ENVÍO DE COMUNICACIONES DESDE DEPENDENCIAS DEL PODER JUDICIAL DEL CHACO HACIA OTRAS PROVINCIAS ADHERIDAS AL BUS FEDERAL:


Para los casos de comunicaciones electrónicas dirigidas desde el Poder Judicial del Chaco hacia organismos de otras provincias adheridas al Bus Federal, la dependencia remitente deberá:

a- Enviar los oficios, cédulas o mandamientos Ley 22.172 a la Oficina de Comunicaciones del Bus Federal (al correo oficial: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.)
b- Cumplir los requisitos previstos en la guía de trámites de la provincia a la que se dirija y demás normativas aplicables.
c- El documento (oficio, cédula o mandamiento) debe enviarse en FORMATO PDF observando los requisitos formales previstos en el apartado 2) d) de la presente guía.
d- Documentos adjuntos/copias para traslado: No se recibirán copias para traslado o documentos adjuntos. Los mismos deberán estar alojados en un entorno digital accesible para el destinatario a través del medio más idóneo (código de barras, QR, link de acceso, etc.) siendo exclusiva responsabilidad de los/las profesionales intervinientes por la parte interesada su efectiva disponibilidad y adecuación con la documentación correspondiente. 
e- En caso de no contar el remitente con firma digital, será inserta por las personas asignadas como responsables de la Oficina de Comunicaciones del Bus Federal, aclarando que la comunicación es copia fiel de la recibida mediante las vías formales internas previstas.   
f- Para el envío de cédulas debe utilizarse el modelo previsto en la página oficial del Poder Judicial del Chaco - Sección Profesionales - Servicio de Confección de Cédulas y Mandamientos: “Cédula Bus Federal”- link: https://www.justiciachaco.gov.ar/index.php?action=a_04_cedula_bus_federal

La respuesta de los organismos destinatarios de la comunicación deberá dirigirse por la plataforma del Bus Federal a la Oficina de Comunicaciones del Bus Federal, cumplir los requisitos previstos en los items 1 al 5 del punto 4) de la presente Guía y contar con firma digital.


Datos de contacto:

 

Oficina de Comunicaciones del Bus Federal del Poder Ju dicial del Chaco
- Correo electrónico:  This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.
- Teléfono 0362-4423323 (interno 103)

Oficina de Mandamientos y Notificaciones
- Correo electrónico cédulas: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.
- Correo electrónico mandamientos: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

 

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