
Poder Judicial de San Juan
Guía de Trámites
Diligenciamientos al Poder Judicial de San Juan
La plataforma BUS FEDERAL DE JUSTICIA - JUFEJUS permite a los Poderes Judiciales y organismos adheridos al sistema, diligenciar envíos y recepción de comunicaciones interjurisdiccionales Ley 22.172 en formato digital, de forma rápida, segura y con trazabilidad.
El Poder Judicial de San Juan ha adherido al nuevo Protocolo Técnico de Comunicación Electrónica Interjurisdiccional - Bus Federal de Justicia por Acuerdo General Nº 106/2023, con alcance a diligencias Ley 22.172 como oficios, mandamientos y cédulas.
Asimismo, ha dispuesto un sistema descentralizado con organismos jurisdiccionales y dependencias administrativas como enlaces de las comunicaciones, abarcando ambas circunscripciones judiciales con sus respectivos ámbitos de incumbencia.
Por otra parte, se ha dispuesto que las Comunicaciones Interjurisdiccionales bajo Ley 22.172 que sean remitidos por Poderes Judiciales que no integren el sistema de BUS FEDERAL, deberán remitirse con firma digital a la dirección de correo electrónico:
ORGANIZACIÓN PODER JUDICIAL DE SAN JUAN
El Poder Judicial de San Juan se divide en 2 Circunscripciones Judiciales.
La Primera Circunscripción Judicial tiene organismos de primera instancia con competencia en los fueros Penal, Civil, Contencioso Administrativo, Comercial Especial, Familia, Laboral, Niñez y Adolescencia, Ejecuciones Fiscales y de Paz Letrado.
La Segunda Circunscripción Judicial tiene todas estas competencias con excepción en materia Comercial Especial.
En la Primera Circunscripción Judicial se encuentran radicadas las Cámaras de Apelaciones Civil, de Trabajo y de Paz Letrado, así como la Cámara Penal y el Tribunal de Impugnación del Sistema Procesal Penal Acusatorio, con competencia para toda la provincia. En la Segunda Circunscripción Judicial, el órgano jurisdiccional de Primera Instancia es multifuero.
La Corte de Justicia de San Juan posee dependencias jurisdiccionales y dependencias administrativas que podrá ver desglosadas en la web oficial del Poder Judicial de la provincia:
https://www.jussanjuan.gov.ar
Guía Operativa para el Diligenciamiento de Oficios, Mandamientos y Cédulas Interjurisdiccionales (Ley 22.172)
Poder Judicial de San Juan – Plataforma Bus Federal de Justicia (JUFEJUS)
1. Finalidad
Este documento constituye una guía que establece un procedimiento estandarizado para el envío, recepción, contestación y gestión de comunicaciones entre el Poder Judicial de San Juan y otras jurisdicciones adheridas a la Plataforma del Bus Federal de Justicia; cuyo objetivo es acercar la información necesaria para tales diligencias, y garantizar rapidez, seguridad y trazabilidad.
2. Requisitos de admisibilidad de comunicaciones Ley 22.172
Cédulas, mandamientos y oficios Ley 22172 y sus contestaciones, deben reunir los siguientes
requisitos formales, como condición para su admisibilidad formal y posterior gestión.
a- Formato PDF.
b- Firma Digital
c- Máximo de 2 hojas para impresión.
d- Código QR o link de enlace para acceder a documentación adjunta, en su caso.
e- Demás requisitos de forma (art. 3, 6, ss y cc de la Ley 22.172), en particular:
>organismo remitente y datos de sus titulares.
> nombre de las partes, objeto o naturaleza del juicio y el valor pecuniario, si existiera
> mención sobre la competencia del tribunal oficiante
> transcripción de las resoluciones que deban notificarse o cumplirse y su objeto claramente
expresado si no resultase de la resolución transcripta.
> nombre de las personas autorizadas para intervenir en el trámite.
f- Comprobante de pago de las tasas correspondientes (si procediere), en formato PDF.
g- Consignación precisa de la diligencia que se está enviando (oficio, cédula o mandamiento).
h- Información de contacto del organismo y de los profesionales facultados para el diligenciamiento (correo electrónico y teléfono).
i- En caso de comunicaciones con orden de cumplimiento de una medida cautelar, secuestro, exclusión del hogar, restitución de menores, mandamientos de constatación, producción de prueba, etc., se deberá realizar el requerimiento a través del organismo judicial remitente ante al órgano judicial competente de destino, denunciando al profesional de la matrícula de San Juan facultado para la gestión, a fin de que éste peticione el cumplimiento de la medida, previo pago de las tasas de justicia y concepto forense de ley, en su caso y conforme a la Ley 22.172.
3. Procedimiento de Envío
Los órganos y dependencias judiciales habilitados del Poder Judicial de San Juan, pueden recibir las comunicaciones y posteriormente enviar las respuestas o nuevas comunicaciones a los diferentes poderes judiciales y organismos adheridos al BUS FEDERAL DE JUSTICIA En caso de duda sobre el organismo receptor, se puede remitir la comunicación a la dependencia de Mesa Administrativa de la Corte de Justicia, quien orientará internamente la comunicación ante el destinatario con incumbencia en el objeto de la comunicación.
A. Desde Jurisdicciones Adheridas al Bus Federal (remitentes)
1. Preparar el documento conforme a los requisitos formales.
2. Enviar a través del sistema Bus Federal.
3. El organismo judicial destinatario (de San Juan) gestiona la recepción y derivación.
2. Enviar a través del sistema Bus Federal.
3. El organismo judicial destinatario (de San Juan) gestiona la recepción y derivación.
B. Desde Jurisdicciones No Adheridas (remitentes)
1. Adjuntar documentación en PDF con firma digital.
2. Cumplir todos los requisitos formales.
3. Enviar por correo electrónico oficial a:This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.
2. Cumplir todos los requisitos formales.
3. Enviar por correo electrónico oficial a:
C. Desde organismos del Poder Judicial de San Juan (remitentes)
Para el envío de diligencias desde la provincia de San Juan hacia otros organismos adheridos al BUS FEDERAL, se deberá consultar el siguiente link: https://www.bus-justicia.org.ar/index.php/bus-federal/guias-tramite con sus correspondientes guías de trámites de cada jurisdicción.
4. Aranceles
● En diligencias ante organismos judiciales, se debe abonar tasa por servicio de justicia requerido, conforme al arancel vinculado al concepto “oficio ley 22.172” disponible en sección “Comprar UT” en:
● En diligencias a tramitarse ante el Registro General Inmobiliario, la tasa correspondiente deberá abonarse a través de la siguiente aplicación, eligiendo el trámite objeto de la Comunicación Ley: Colegio Notarial de San Juan - Compra de
sellados)
sellados)
● El diligenciamiento de cédulas y mandamientos que no están exentos, deben abonar el servicio ante la Oficina de Notificaciones y Embargos, a través del profesional facultado. Por consultas sobre radio y tarifas:
4.1. Diligencias exentas:
● a) Las correspondientes al fuero laboral, cuando las comunicaciones sean promovidas en beneficio de la parte trabajadora o a sus causahabientes.
● b) Las correspondientes al fuero de familia que no tengan carácter patrimonial y las demandas por alimentos.
● c) Las correspondientes al fuero penal, con excepción de las acciones civiles ejercidas en el marco del proceso penal.
● d) En todos los casos, si se encuentra incluido en alguna de las causales de eximición de pago de tasa, deberá consignar en el oficio, mandamiento o cédula.
5. Información Complementaria
● Serán devueltas las comunicaciones recibidas que no contengan los datos de contacto del profesional facultado o que, informado este en su caso, no sean retiradas en el plazo de 30 días de remitida la notificación al profesional dando aviso de su disponibilidad en la Mesa Administrativa de la Corte de Justicia o en la Oficina de Notificaciones y Embargo,
según donde haya sido remitida.
según donde haya sido remitida.
● Para el supuesto de que la plataforma BUS FEDERAL no estuviere operativa se podrán gestionar alternativamente las Comunicaciones Interjurisdiccionales mediante correo electrónico oficial ante la Mesa Administrativa de la Corte de Justicia (This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. ).
● La plataforma BUS FEDERAL solo admite interacción directa entre organismos habilitados, no estando previsto que se acceda ni opere directamente por particulares o profesionales.
6. Listado de organismos y dependencias

7. NORMATIVA
- Ley N° 22172, su protocolo y actualizaciones vigentes.
- Ley N° 2352-O (LOT)
- LP N° 2415-O (Código Procesal Civil, Comercial y Minería de San Juan).
- Ley N° 1995-A (Ley de Procedimiento Administrativo);
- LP N° 1851- O (Código Procesal Penal de San Juan);
- LP N°2424 - O (Código Procesal Laboral de San Juan);
- LP N° 2435-O (Código Procesal de Familia de San Juan)
- Acuerdos Generales N° 106/2023 y N° 109/2025.
- Reglamento de la Oficina de Mandamientos y Notificaciones, y acuerdos reglamentarios
de aranceles por diligencias.
- Protocolo Técnico de Comunicación Electrónica Interjurisdiccional de JuFeJus.
CONTACTOS
Institucional
. Mesa Administrativa de la Corte de Justicia de San Juan:
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. Mesa Administrativa de la Corte de Justicia de San Juan:
. Fuero Penal:
. Multifuero:
Área Técnica
Firma Digital:
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Oficina de Notificaciones y Embargos:
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Firma Digital:
Oficina de Notificaciones y Embargos:
