Poder Judicial de Corrientes

 

Guía de Trámites

 


 

Diligenciamientos al Poder Judicial de Corrientes por el Bus Federal de Justicia

 

1. ORGANISMOS DESIGNADOS PARA RECEPCIÓN Y ENVÍO DE RESPUESTAS.


La adhesión al Convenio implica que todas las comunicaciones judiciales dirigidas a las provincias adheridas al Bus, a partir del 23 de septiembre de 2024 deben ser cursadas por dicha plataforma, con el circuito operativo dispuesto en el Acuerdo de Ministros Nº 26/24.

Asimismo, se informa a las provincias que aún no adhieren al uso del Bus Justicia Federal que se continuarán utilizando fas casillas de correos institucionales @juscorrientes.gov.ar a los fines de la recepción electrónica de documentos.

A partir del 1° de Octubre de 2025 para enviar comunicaciones interjurisdiccionales a la provincia de Corrientes, deberá elegirse el organismo exclusivamente según su naturaleza:

a. Mesa Receptora Informatizada: Oficios Ley Nº 22.172.
b. Dirección General de Mandamientos: Cédulas y Mandamientos Ley Nº 22.172.


2. POLÍTICAS DE RECEPCIÓN.

 

2.1 Formato: En todos los casos deberán estar encabezados con los siguientes datos:
      a. Organismo Emisor.
      b. Correo Institucional.
      c. Domicilio y Nº Tel. del Juzgado.
      d. Dependencia Destinataria.
      e. Nº Expte.
      f. Carátula:
     g. Nombre, apellido y matrícula de los abogados o procuradores autorizados: (Si Correspondiere).
     h. Deberá consignarse, si es con habilitación de días y horas, en caso de corresponder.
      i.  Objeto de la notificación: Traslado de demanda, audiencia próxima.

2.2 Límites de página: Los documentos deben ser enviados en formato digital (oficio, cédula o mandamiento), en un solo archivo PDF cuya máxima extensión será de dos (02) hojas de papel -

cuatro (04) páginas. Los documentos que excedan ese número serán devueltos sin diligenciar al juzgado o tribunal de origen.

2.3 Firma digital: Todos los documentos enviados deben cumplir con las disposiciones del Nuevo Protocolo Técnico de Comunicación Electrónica lnterjurisdiccional 2025 y contener Firma digital de la autoridad competente (Juez o Secretario).

2.4 Comprobantes de pago: Cuando correspondiere deberán acompañarse como documentos adjuntos los comprobantes de pago de tasas judiciales y/o aranceles, los cuales deberán realizarse vía transferencia en las cuentas respectivamente habilitadas o a través de los medios de pago electrónicos permitidos.

2.5 Documentos adjuntos: No se imprimen copias para traslado, las mismas deberán estar alojadas en un entorno digital accesible para el destinatario a través del medio más idóneo (código de barras, qr, link de acceso, etc.)

 

3. ARANCELAMIENTO.

 

3.1 Oficios:
Los Oficios Ley 22172 con solicitud de intervención del juez local del Poder Judicial de la Provincia de Corrientes que en razón del turno y grado corresponda deberán acompañar la tasa de justicia y/o aranceles correspondientes.
En los casos donde se solicitan informes a un juzgado determinado no se abonan.

3.2 Cédulas y mandamientos:
Las cédulas y mandamientos a ser diligenciados en la Provincia de Corrientes, deben abonar un Arancel, debiendo realizarse la consulta al Área de Recupero y Control de tasas al número de teléfono 0379-4104335 y/o WhatsApp 3794921761, This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it..

• Dependencia responsable:
Para evacuar consultas respecto de las tasas y/o aranceles que se deben acompañar a las comunicaciones interjurisdiccionales, los interesados deberán comunicarse con el Área de Recupero y Control de tasas:
• Teléfono fijo: 0379-4104335
• Celular Institucional: WhatsApp 3794921761,
• Correo institucional: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it..

A efectos de proceder a la liquidación para abonar mediante el sistema de Liquidación y pago electrónico de tasas a través del sistema de Rentas o mediante transferencia a la cuenta corriente Nº 130768/19 CBU Nº 0940099314001307680196 alias stjcorrientes19 del Banco de Corrientes SA CUIT 30-62304795-0, debiendo en todos los caso acompañar los respectivos comprobantes.

 

4. PROFESIONALES FACULTADOS.

 

Oficios, Cédulas y/o Mandamientos: De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 19 del Nuevo Protocolo Técnico de (Comunicación Electrónica lnterjurisdiccional 2025 "La intervención de profesionales del derecho y el Ministerio Público en las comunicaciones interjurisdiccionales se regirá por la legislación vigente en las jurisdicciones intervinientes y/o los convenios de colaboración que rijan su actuación."

Conforme a la naturaleza de la comunicación, de no ser necesaria la intervención de profesionales a los fines de cumplirla se procederá al diligenciamiento.

En los casos que el juzgado requirente hubiere otorgado expresamente facultades determinadas de intervención en las diligencias se tendrá presente que:

1. Él o los profesionales sin excepción-deberán estar matriculados en la provincia de Corrientes.
2. Cuando estuviere matriculado en la Primera Circunscripción Judicial: Corrientes Capital, Bella Vista, Berón de Astrada, Concepción, Empedrado, General Paz, ltatí, Mburucuyá,·saladas, San Luis del Palmar, San Cosme y San Miguel, además deberá abonarse el monto correspondiente al aporte del IOSAP mediante depósito en el Banco de Corrientes, cuenta corriente Nº 130.654/1 habilitada a nombre de IOSAP utilizando para la operación el CBU Nº 0940099310001306540017.

 

CONTACTOS OFICIALES PARA CONSULTAS E INCONVENIENTES:

 

Oficios Ley 22172:

 

• MESA RECEPTORA INFORMATIZADA
Jefa Dra. Maria ltatí Proietto
Teléfono: (379) 4104391.
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Celular: 379 4675739.

 

Cédulas y Mandamientos Ley 22172:

 

• DIRECCIÓN DE MANDAMIENTOS Y NOTIFICACIONES
Directora Ese. Raquel Ma. R. Monzón Gramajo
busjusticiafederalmyn@juscorrientes.gov.ar

 

 

Institucional:

 

• Referentes de la plataforma Bus Federal de Justicia:
Dra. Mirta Graciela Allende.
Dra. María Andrea Elizabeth Ferreira.
Teléfono: (379) 4104002.
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Celular: 379 4004244.

 

Técnico:

 

• Dirección General De Informática.
Director lng. Santiago Matías Carniel.
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