
Poder Judicial de Córdoba
Guía de Trámites
Diligenciamientos al Poder Judicial de Córdoba por el Bus Federal de justicia
Incorporación al Bus Federal de Justicia
El Poder Judicial de Córdoba se incorporó al Protocolo Técnico de Comunicación Electrónica Interjurisdiccional – Bus Federal de Justicia, mediante el Acuerdo Reglamentario del Tribunal Superior de Justicia N° 959/2023.
Esta plataforma permite a los Poderes Judiciales y organismos adheridos enviar y recibir oficios, cédulas y mandamientos de manera digital, segura y ágil, optimizando los tiempos y garantizando trazabilidad en las comunicaciones interjurisdiccionales.
Para diligenciar una comunicación electrónica interjurisdiccional dirigida a una dependencia del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba a través del Bus Federal de Justicia, se deberá remitir el documento conforme al Protocolo Técnico aprobado por Ju.Fe.Jus y cumplir con los requisitos establecidos en la presente guía de trámites, aprobada por Anexo 2 del Acuerdo Reglamentario 1926 serie A del 04/12/2025 dictado por el Tribunal Superior de Justicia.
Organigrama del Poder Judicial de Córdoba
Entendiendo que la organización de cada Poder Judicial presenta diferencias, ofrecemos a continuación información que puede resultar útil para simplificar la comunicación.
El Poder Judicial de Córdoba se divide en 24 circunscripciones (Capital y 23 circunscripciones del interior provincial)
En capital, el área jurisdiccional está organizada en los siguientes fueros: Civil, Familia, Laboral, Contencioso Administrativo, Penal, Niñez y Adolescencia y Violencia familiar y de género. https://www.justiciacordoba.gob.ar/JusticiaCordoba/OficinasJudiciales/organigrama_capital
En interior, la organización es multifuero, con excepción de algunas sedes que tienen oficinas únicas especializadas. https://www.justiciacordoba.gob.ar/JusticiaCordoba/OficinasJudiciales/organigrama_interior
El Tribunal Superior de Justicia posee dependencias jurisdiccionales y dependencias administrativas que podrá ver desglosadas en el siguiente organigrama. https://www.justiciacordoba.gob.ar/JusticiaCordoba/TSJ/organigrama
A. DILIGENCIAMIENTOS AL PODER JUDICIAL DE CÓRDOBA
Oficinas receptoras de comunicaciones interjurisdiccionales
En algunos Poderes Judiciales existe una única oficina de recepción y tramitación de comunicaciones interjurisdiccionales; en otros, varias.
A partir de diciembre de 2025, el Poder Judicial de Córdoba amplía sus bocas de recepción a cinco dependencias centralizadas, que serán las encargadas de recibir las solicitudes y redireccionarlas internamente según corresponda.
Estas bocas de recepción tienen alcance provincial, es decir, concentran la recepción de comunicaciones interjurisdiccionales de toda la provincia, sin distinción de circunscripción judicial de destino.
La dependencia receptora se determinará en función de:
- La naturaleza de la comunicación, distinguiendo aquellas que consisten en notificaciones, citaciones o intimaciones, las cuales - conforme al artículo 6 de la Ley 22.172 - no requieren la intervención del tribunal local.
- La materia de la causa, para el resto de las comunicaciones que sí requieren intervención del tribunal local, de acuerdo con los artículos 1, 3, 8 y concordantes de la Ley 22.172.
Modo de elegir el organismo destinatario
La elección de la dependencia receptora debe realizarse conforme a los criterios que se detallan a continuación:
1. NOTIFICACIONES DEL ART. 6 DE LA LEY 22.172
Oficina centralizadora: Oficina de Notificadores
Recibirá todas las comunicaciones, de cualquier materia o fuero, encuadradas en el art. 6 de la Ley 22.172, diligenciará la notificación correspondiente y emitirá a través del BUS Federal la respuesta a la jurisdicción requirente.
2. OFICIOS Y MANDAMIENTOS DEL FUERO PENAL, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO
Oficina centralizadora: Secretaría de Exhortos del Fuero Penal – Tribunal Superior de Justicia
3. OFICIOS Y MANDAMIENTOS DE LOS FUEROS CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Oficina centralizadora: Mesa de Entradas del Fuero Civil
4. OFICIOS Y MANDAMIENTOS DEL FUERO DE FAMILIA
Oficina centralizadora: Oficina de trámites de los juzgados de familia (otraf)
5. OFICIOS Y MANDAMIENTOS DEL FUERO LABORAL
Oficina centralizadora: Mesa de Entradas del Fuero Laboral
Datos necesarios para el envío de comunicaciones interjurisdiccionales:
Las comunicaciones deben cumplir con las definiciones y requerimientos mínimos para operar en Bus Federal previstos en el protocolo Técnico actualizado elaborado por la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Bs. As. y por el Anexo operativo aprobado por IFITEJ:
- En la Provincia de Córdoba sólo se aceptarán documentos firmados digitalmente.
- El formato de documentos electrónicos aceptados es PDF.
- En aquellos casos que la diligencia electrónica implique la impresión de documentación en formato papel en el marco de una notificación a domicilio real o similar, el Poder Judicial de Córdoba imprimirá un máximo de 4 carillas. Si el documento o sus adjuntos implican la necesidad de entregar al destinatario más de las carillas estipuladas anteriormente, el Poder Judicial de origen deberá disponer el acceso al documento original y a sus adjuntos en forma electrónica, mediante la incorporación en el documento de un código de acceso digital (QR, código de barras, link a una URL o similar) para la visualización de dicha documentación. La información para el acceso digital deberá ser incorporada al documento en el momento previo al envío del mismo por el BUS Federal de Justicia.
Además de estos requisitos deberán cumplirse los generales previstos en la Ley 22.172 y normativa local aplicable
1. Notificaciones, citaciones o intimaciones que no requieren la intervención del tribunal local (art. 6 de la Ley 22.172)
- Organismo emisor (Tribunal, Número, Secretaría, Juez, Domicilio, Correo electrónico, Teléfono).
- Número de
- Carátula completa.
- Objeto de la medida.
- Nombre y Domicilio del destinatario.
- Transcripción de las resoluciones que deban notificarse o cumplirse.
- Nombre y datos de contacto de las personas autorizadas para intervenir en el trámite, en caso de corresponder.
- Indicación de urgencia, si la hubiere.
- Advertencias:
Si contiene medidas cautelares → enviar mediante Oficio Ley 22.172 referido en el apartado siguiente.
El comprobante de pago de la Tasa debe ser adjuntado al momento de enviar la cédula
2. Oficios y Mandamientos que requieren intervención del tribunal local (art. 3 y 8 de la Ley 22.172)
- Organismo emisor (Tribunal, Número, Secretaría, Juez, Domicilio, Correo electrónico, Teléfono, Competencia)
- Dependencia destinataria*.
- Número de expediente
- Carátula completa, nombre de las partes, objeto y valor pecuniario, si lo hubiere.
- Transcripción de las resoluciones que deban notificarse o cumplirse y su objeto claramente expresado si no resultase de la resolución transcripta.
- Nombre y datos de contacto de las personas autorizadas para intervenir en el trámite (abogado matriculado en Córdoba o la persona designada debe sustituir la autorización a favor de abogado matriculado en Córdoba) En las tramitaciones que son oficiosas y no pueda consignarse un letrado, el Organismo Jurisdiccional que confecciona y libra el oficio, deberá aclararlo e indicar igualmente un teléfono de contacto.
- Indicación de urgencia, si la hubiere.
Cuando los oficios o mandamientos tramitados en el marco de la Ley 22.172 indiquen expresamente el tribunal u organismo destinatario, dicha información deberá consignarse en el cuerpo del texto, a fin de que la oficina receptora pueda redireccionar la comunicación de manera directa.
En caso de que el destinatario no se encuentre determinado, las oficinas procederán a realizar una remisión interna mediante sorteo automático, a fin de que la comunicación sea asignada a una dependencia del fuero e instancia correspondiente.
Arancelamiento
El Poder Judicial de Córdoba percibe tasas por retribución de los servicios de justicia en la gestión de las comunicaciones remitidas por los Poderes Judiciales u organismos de otras Provincias. El mecanismo de pago distingue:
I. Notificaciones, citaciones o intimaciones que no requieren la intervención del tribunal local (art. 6 de la Ley 22.172)
Para estos casos se ha establecido un costo estandarizado, dependiendo si la notificación debe ser tramitada en Córdoba capital o en el interior de la provincia.
Los montos establecidos son:
- Capital: 20% de JUS
- Interior: 40% del JUS
Puede ver el valor actualizado del JUS aquí
El pago puede realizarse on line desde: https://www.justiciacordoba.gob.ar/tasajusticia/Comprobantes/_Comprobantes_Administrativo.aspx
Se recuerda que el comprobante de pago debe ser adjuntado al momento de enviar la cédula a través de BUS, de lo contrario la misma no será diligenciada.
II. Comunicaciones que requieren intervención del tribunal local
En estos casos, una vez que la dependencia indicada o sorteada recibe la comunicación interjurisdiccional, informa en una primera respuesta, si corresponde o no el pago de Tasa y, en su caso, el monto a abonar.
El pago de la misma se efectúa directamente desde la página web del Poder Judicial de Córdoba y en este caso no es necesario enviar comprobante, ya que el pago se acredita de manera automática en el expediente.
El pago puede realizarse on line, completando todos los datos solicitados, desde:
https://www.justiciacordoba.gob.ar/tasajusticia/Comprobantes/_Comprobantes_Administrativo.aspx
B. DILIGENCIAMIENTOS DESDE EL PODER JUDICIAL DE CÓRDOBA. ENVÍO DE COMUNICACIONES Y/O RESPUESTAS HACIA OTROS ORGANISMOS
Las comunicaciones deberán cumplir con las definiciones y requerimientos mínimos para operar en Bus Federal previstos en el protocolo Técnico actualizado elaborado por JUFEJUS, en la Guía de Trámites de la provincia a la que se dirija y demás normativas aplicables.
Las mismas cinco oficinas que centralizan la recepción, son las que enviarán las nuevas comunicaciones o las respuestas a los diferentes Poderes Judiciales u organismos adheridos al BUS Federal.
En ambos casos el documento se realizará en formato PDF.
En cumplimiento de los mismos requisitos mencionados anteriormente el documento deberá contener:
- Un certificado de firma digital de SAC (Sistema de administración de Causas) provisto por la Onti. En dicho certificado figura que el documento es una copia fiel de la operación original del sistema, contiene los datos de la autoridad firmante también validada por ONTI y datos de fecha y hora de generación del documento.
- Un código QR y un link para acceso a la documental adjunta.

Dejamos a disposición el instructivo para validar el certificado de firma digital de SAC https://www.justiciacordoba.gob.ar/PortalEE/Pages/FirmaDigital.aspx
El código QR o link para acceso a la documental se encuentra al final del documento:

CONTACTOS
Contacto Institucional
Oficina de notificadores:
Mesa de entrada civil:
Secretaria de exhortos - TSJ
Mesa de entrada laboral:
Oficina de trámites de juzgados de familia:
Contacto área técnica
Subárea de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica - IDIT