Plataforma del nodo digital único para el diligenciamiento interjurisdiccional. Garantiza la trazabilidad y seguridad jurídica eliminando el soporte papel.
El Poder Judicial de Entre Ríos se incorporó al nuevo Protocolo Técnico de Comunicación Electrónica Interjurisdiccional -Bus Federal de Justicia- a través del Acuerdo General N° 19/23 del 08.08.23.
Esta plataforma permite a los Poderes Judiciales u organismos que se hayan integrado al sistema, diligenciar o recibir respuestas de documentos (oficios o cédulas Ley 22.172) en forma rápida y segura en formato digital.
Algunos Poderes Judiciales cuentan con un único punto de recepción y procesamiento de oficios, mientras que otros disponen de varios.
El Poder Judicial de Entre Ríos ha decidido centralizar la tramitación de oficios y cédulas Ley 22.172 a través de 3 dependencias centralizadoras (una para el fuero penal; una para los fueros de familia y civil y comercial; una para el fuero laboral y contencioso administrativo), que luego serán las encargadas de redireccionar internamente las solicitudes.
Entendiendo que la organización de cada Poder Judicial presenta diferencias, ofrecemos a continuación información que sin dudas resultará útil para simplificar la comunicación con este Poder Judicial.
El Superior Tribunal de Justicia posee dependencias jurisdiccionales y administrativas que podrá ver desglosadas en la web oficial del Poder Judicial de la Provincia.
Guía Judicial: https://www.jusentrerios.gov.ar/guia-judicial/
Para dar inicio a un trámite en el Poder Judicial de Entre Ríos, puede seleccionar una de las 3 oficinas centralizadoras, dependiendo el fuero y localidad de tramitación: 1) Fuero penal - OGA, 2) Fuero familia, civil y comercial, OGU fuero familia y 3 ) Fuero laboral y contencioso administrativo, OGU - fuero laboral.
1) Fuero Penal - Oficina de Gestión de Audiencias:
2) Fuero Civil y Comercial - Familia: Oficina de Gestión Única fuero Familia
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Teléfono: - 343 472 0288 (celular) - 0343-4206100 INT 470
3) Fuero Laboral y Contencioso Administrativo - Oficina de Gestión Única del fuero laboral:
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Teléfono: interno 7130
Si el documento (oficio o cédula Ley 22.172) tiene determinada la dependencia a la que debe ser dirigido, debe estar aclarado en el cuerpo del texto para que la oficina centralizadora pueda redireccionar de manera directa.
En el caso que la dependencia no estuviera determinada, las oficinas centralizadoras realizarán una remisión interna para que el documento sea recepcionado por la dependencia del fuero e instancia correspondiente.
Las mismas oficinas que centralizan la recepción, son las que enviarán respuestas o nuevos oficios y cédulas a los diferentes poderes judiciales y organismos adheridos al BUS.
Las respuestas que se generen desde el Poder Judicial de Entre Ríos se realizan en formato PDF con firma digital. El documento contiene un certificado de firma digital provisto por la ONTI; en dicho certificado figuran los datos de la autoridad firmante, fecha y hora de generación del documento.
Dicho certificado es válido únicamente en el entorno digital, es decir en formato PDF.
El Poder Judicial de Entre Ríos percibe tasas por retribución de los servicios de justicia en la gestión de oficios o cédulas Ley 22172 remitidas por los Poderes Judiciales de otras Provincias; conforme el Código Fiscal - Ley Impositiva.
Una vez que el Poder Judicial de Entre Ríos reciba el oficio o cédula Ley 22.172, informará en una primera respuesta el monto a abonar en concepto de tasa.
El pago de la tasa se efectúa directamente desde la página web del Poder Judicial de Entre Ríos a través de “Pluspagos”.
Guía rápida para usuarios: https://www.jusentrerios.gov.ar/institucionales/guia-rapida-para-usuarios-tasa-justicia
Más Info: https://www.jusentrerios.gov.ar